OBJETIVOS
El Código Penal español reconoce por primera vez en nuestro Derecho la responsabilidad penal de las personas jurídicas (2010) y profundiza en los elementos que deben concurrir para que la empresa pueda quedar exonerada de responsabilidad (Ley Orgánica 1/2015): que con anterioridad a la comisión del delito la persona jurídica haya adoptado y ejecutado eficazmente un modelo de organización y gestión que resulte adecuado para prevenir delitos de la naturaleza del que fue cometido o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
Es decir, que incluya las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos, considerando la creación de una Cultura Compliance la más relevante herramienta de prevención.
Esta nueva norma incluye un completo detalle de los sistemas de debido control que deben establecer las empresas para prevenir el delito (art. 31 bis CP), siendo el primer punto: el establecimiento por parte del órgano de administración de un modelo de organización y gestión que incluya las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos. Este artículo apunta a la necesidad de desarrollar un plan de formación adecuado a la exigencia legal.
PROGRAMA
EL SISTEMA COMPLIANCE
Capítulo introductorio que presenta el universo narrativo y los elementos del Sistema Compliance:
- Código ético
- Canal de comunicación o denuncia
- Compliance Officer
- Cultura Compliance
- Corrupción y soborno
- Defraudaciones y frustración de la ejecución
- Delito fiscal
- Blanqueo y financiación del terrorismo
- Descubrimiento y revelación de secretos (Intimidad/Datos personales; Descubrimiento y revelación de secretos (Empresa); y Hacking
- Delitos contra el mercado y los consumidores
METODOLOGÍA
El curso se desarrolla en modalidad Online y se basa en el concepto de EDUTAINMENT, que mezcla educación con entretenimiento para facilitar y fomentar el aprendizaje. En este caso, para conectar la emoción de las historias su potencial para generar recuerdo y para sensibilizar- con el rigor del Código penal y Ético.
ESTE CURSO SE PUEDE IMPARTIR TAMBIÉN EN LA MODALIDAD PRESENCIAL, ¡CONSÚLTENOS!
Si desea recibir más información de este curso pueden enviar un correo a compliance@bufetedrake.es indicándonos:
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¿COMO BONIFICARSE ESTE CURSO?
FORMACIÓN BONIFICADA (FORMACIÓN PROGRAMADA)
Las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social. La formación financiada a través de estas ayudas – denominada formación programada por las
empresas -abarca acciones formativas de las empresas y permisos individuales de formación, y su objetivo es responder a las necesidades específicas de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores.
La formación ayuda a las empresas a incrementar su competitividad y productividad, desarrollando las competencias y cualificaciones de sus asalariados .Para ello, disponen de una ayuda económica que se hace efectiva mediante bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
La empresa puede decidir qué formación necesita, cómo y cuándo la realiza y organizarla bien por sí misma, bien agrupándose con otras empresas delegando todos los trámites en una entidad organizadora.
NORMATIVA REGULADORA
https://www.fundae.es/empresas/home/como-bonificarte/normativa
¿Qué crédito tiene mi empresa para formación?
Todas las empresas disponen de un crédito anual que depende de las cotizaciones que se hayan realizado en el año anterior y del tamaño de su plantilla, así como de la cantidad total aportada en concepto de Formación Profesional. A partir de estos datos, puedes saber de cuánto crédito dispone tu empresa según la siguiente tabla:
- 1 a 5 trabajadores: disponen de una cantidad mínima de 420€.
- 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
- 10 a 49 trabajadores: 75% de la cantidad cotizada.
- 50 a 249 trabajadores: 60% de la cantidad cotizada.
- 250 trabajadores en adelante: 50% de la cantidad cotizada.
Si quiere conocer el crédito exacto que tiene su empresa, consúltenos enviando un correo electrónico a compliance@bufetedrake.esindicando:
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